Realizamos el estudio de su propiedad, medimos los límites reales de la finca, comparandola con la documentación registral y catastral, obteniendo el resultado que más se acerca a la realidad.
Tramitamos y realizamos «Acta de Enmienda de Discrepancias», entre propietarios vecinos, para que su parcela quede perfectamente definida tanto en sus límites como en superficie, ahorrando futuros conflictos.
Todos los levantamientos topográficos se entregan con plano de coordenadas UTM, con el correspondiente informe de Validación Gráfica. Esto supone la identificación de la finca con sus límites y su superficie real.
Si se desea o fuera necesario se realizan también Informes de Georreferenciación de las fincas, muy necesario para operaciones de compraventa, cambio de nombre de fincas y resolución de discrepancias catastrales, de acuerdo con la Resolución de 26 de Octubre de 2015, de la Dirección General de Catastro. Así como la obtención de los archivos en formato GML que necesita Catastro.
SOLUCIÓN DE DISCREPANCIAS CATASTRALES
Paso A: Obtención de información catastral.
Usted mismo puede conseguir su información catastral en la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro.
Paso B: Casos posibles
1. La superficie asignada por el catastro no coincide con la reflejada en las escrituras o el Registro de la Propiedad.
2. La superficie asignada por el catastro no coincide con la superficie que usted estima que existe en realidad.
Paso C: Asesoramiento por parte de un Ingeniero Técnico en Topografía colegiado
1. Si la propiedad esta perfectamente delimitada por mojones antiguos, el tramite se reduce al paso 4.
2. Si la propiedad no tiene los lindes bien definidos, procederemos al marcaje de límite de la parcela. Por el propietario, si conoce los límites o por el ingeniero topógrafo según la información que disponga.
3. Citación a propietarios adyacentes para marcaje del límite de la parcela:
a. Si hay acuerdo se firma el acta de deslinde.
b. Si no hay acuerdo, se redacta las desavenencias en el acta de deslinde contradictorio.
4. Medición y visado del trabajo por el Colegio Oficial de Ingenieros en Geómatica y Topografía.
5. Inicio del expediente de subsanación de discrepancias.
6. La gerencia territorial del Catastro dará a los propietarios limítrofes un plazo de 15 días para alegaciones si no hay conformidad.
Información resumida sobre la Reforma de la ley Hipotecaria y Catastro (Generación archivos GML)
Esta ley establece un sistema de coordinación entre el Catastro Inmobiliario y el Registro de la Propiedad, para que éste incorpore la descripción gráfica georreferenciada en las fincas registrales, utilizando como base la cartografía catastral.
Cuando la representación gráfica catastral no refleje la realidad física de una finca sobre la que se pretende hacer la escritura o la inscripción registral, se puede aportar una representación gráfica alternativa (RGGA) en cumplimiento con la ley Hipotecaria y el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, tras su reforma por la Ley 13/2015 de 24 de Junio.
Será, en cambio, obligatoria la incorporación de la representación gráfica georreferenciada para la inscripción de operaciones que supongan una reordenación de los terrenos, tales como segregaciones, agrupaciones o reparcelaciones así como en la inmatriculación de fincas.
La falta de correspondencia del Catastro con la realidad, sólo puede subsanarse aportando un plano georreferenciado, técnicamente fiable, que refleje la realidad de la finca o de la alteración que se pretende realizar, denominado representación gráfica georreferenciada alternativa (RGGA).
Se trata de un plano georreferenciado, que debe incluirse en un fichero informático, suscrito por un técnico competente, como un Ingeniero Técnico en Topografía.
Una vez otorgada la correspondiente escritura o inscrita en el Registro de la Propiedad, podrá lugar a la oportuna rectificación en el Catastro Inmobiliario.
Con ello se persigue dar mayor seguridad a los datos de ubicación, delimitación y superficie de las fincas registrales que son objeto del tráfico jurídico.